


CODIGO DE ETICA
CODIGO DE ÉTICA DE “LA HECHICERA 91.7 FM”
LA HECHICERA que opera en la frecuencia 91.7 MHz, matriz en la ciudad de Cuenca, provincia de Azuay y repetidoras en la provincia de Cañar, concesionada a nombre de RENE EDMUNDO BRITO MONTERO con
R.U.C. No. 0102697406001, en aplicación del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, publicado en el Registro Oficial Suplemento 383 de 28 de agosto de 2023, actualiza su Código de Ética.
Art. 1.- El presente Código de Ética contiene normas mínimas y fundamentos generales, de acuerdo a las características propias de la radio y que regulan la difusión de información y opiniones, así como el comportamiento de los comunicadores.
OBJETIVO
Art. 2.- Objetivo. – LA HECHICERA 91.7 FM, expide el presente Código de Ética con el fin de mejorar sus prácticas de gestión interna y a sus oyentes.
Art. 3.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
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Una comunicación libre, intercultural e intergeneracional, incluyente para todos los sectores, diversa y pluralista, participativa, respetando los diversos criterios y en todos los ámbitos de la interacción social.
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Recibir e intercambiar información veraz, sin censura previa, verificada, oportuna, contextualizada, plural, acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.
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LA HECHICERA 91.7 FM, a través de su actividad comunicacional propenderá al respeto del derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir. a través del entretenimiento en su programación, especialmente en los comentarios y transmisiones en vivo y la comunicación conforme a los parámetros determinados en las normas jurídicas y principios morales.
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LA HECHICERA 91.7 FM debe respetar los derechos fundamentales de todas las personas, especialmente el derecho a expresarse libremente y a recibir información veraz y verificada, para ello nos proponemos:
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Transmitir Información precisa y veraz.
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Nuestra editorial se define acorde con los valores y principios que regulan la actividad comunicacional.
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Fomentar la responsabilidad social, de valores democráticos y de derechos humanos
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Mantener reserva y confidencialidad de las fuentes.
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Respetar y garantizar el derecho de réplica y rectificación de información inexacta o perjudicial para la reputación del reclamante.
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erradicar cualquier forma de discriminación.
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Las noticias deben difundirse con veracidad.
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Los comentarios sobre acontecimientos o acciones deber ser respetadas, con el debido proceso de verificacion
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tendremos contenidos con fines informativos, educativos, culturales y deportivos en la programación y se fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional.
ÉTICA
Principios mínimos sobre la dignidad humana:
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Respetar la honra y la reputación de las personas.
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No realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios.
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Respetar la intimidad personal y familiar.
Grupos de atención prioritaria:
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No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud.
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No usar y difundir imágenes o menciones que atenten contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades.
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Evitar escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de las personas.
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No emitir imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y
adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos.
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Proteger el derecho a la imagen y privacidad de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia.
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No emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o proyecten una visión negativa del envejecimiento.
Normas Mínimas en la Programación
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Es imprescindible y prioritario el respeto a la verdad.
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Respetar los preceptos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia pública o interés general.
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Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas.
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buscar la objetividad, aunque se sepa incansable.
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Abstenerse de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales.
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Evitar obtener información o imágenes con métodos ilícitos.
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Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares.
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Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia.
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Enfrentar, cuando existan, las versiones sobre un hecho.
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Impedir la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla.
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No aceptar presiones externas en el cumplimiento de la labor periodística.
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Contrastar los datos con cuantas fuentes periodísticas sean precisas.
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Ejercer y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional.
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Diferenciar con claridad entre información y opinión.
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Respetar los derechos de autor y de propiedad intelectual e industrial.
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Respetar y cumplir los requerimientos de aplicación de los derechos de rectificación y réplica.
Reglas básicas
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Respetar la libertad de expresión, de comentario y de crítica.
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Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias.
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Nunca realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.
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Rectificar, a la brevedad posible, las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas.
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Respeto al principio fundamental de presunción de inocencia de todas las personas.
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Distinguir claramente entre el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario.
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No difundir publireportajes como si fuese material informativo.
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Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan.
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El incumplimiento de las normas contenidas en presente Código de Ética podrá ser denunciado por cualquier ciudadano u organización ante la CORDICOM.
ACCESO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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LA HECHICERA 91.7 FM informará trimestralmente o cuando lo requiera el Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación sobre la implementación de los mecanismos determinado en la Ley Orgánica de Comunicación que garantice el acceso y ejercicio de los derechos de comunicación de las personas con discapacidad
DISPOSICIÓN GENERAL
Las reglas y principios contenidos en el presente Código de Ética fueron redactadas y expedidas en cumplimiento y armonía con las normas establecidas en la Constitución de la República, Ley Orgánica de Comunicación y demás normas jurídicas aplicables.
DISPOSICIÓN FINAL El presente Código de Ética entrará en vigencia a partir de su expedición sin perjuicio de su publicación el portal web. Dado en la ciudad de Cuenca, a los 06 días del mes de diciembre de 2023.
Contacto
Siempre estoy en búsqueda de nuevas oportunidades. Vamos a conectarnos.
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